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Beneficios

 

 

 

 


Reglamento para el Beneficio de los 25 años

 

 

Para hacerse acreedor del beneficio de los 25 años este se regirá por la siguiente reglamentación:

" En temporada alta los pedidos deben coincidir con las fechas de los contingentes predeterminados en la Secretaría de Turismo"

1. Deberán ser afiliados sindicales.

2. Tener una antigüedad mínima de diez años en la afiliación.

3. Deberán presentar con un mes de anticipación la solicitud del beneficio, junto con el recibo de sueldo donde conste el cumplimiento de 25 años de antigüedad en el empleo.

4. No se reconocerá reintegro alguno por servicios que se realicen en forma particular.

5. Debe utilizarse el beneficio dentro de los 3 meses de cumplidos

 

 

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