Este beneficio alcanza a tod@s l@s trabajadores en relación de dependencia con las que entidades que representa la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles, que sean afiliados sindicales.
El mismo consiste en el otorgamiento de 10 días de estadía pagos para la pareja al contraer matrimonio, en los hoteles propios de Córdoba o Mar del Plata.

Para hacerse acreedor/a del beneficio de luna de miel este se regirá por la siguiente reglamentación:

"En temporada alta los pedidos deben coincidir con las fechas de los contingentes predeterminados en la Secretaría de Turismo"

1. Deberán ser afiliados sindicales. 

2. Tener una antigüedad mínima de un año en la afiliación. 

3. Deberán iniciar los trámites dentro de los 30 a 45 días anteriores a la fecha de casamiento.

4. Concurrir con el carné de afiliado/a, último recibo de sueldo y N° de DNI del contrayente.

5. No se reconocerá reintegro alguno por servicios que se realicen en forma particular.

Para finalizar el trámite, la persona afiliada deberá presentar lo siguiente:

a). Licencia matrimonial extendida por el empleador.
b). Fotocopias de los exámenes prenupciales (del titular y del contrayente cuando los retiran del hospital firmado y sellados por el médico).

Una vez pasada la fecha de la boda, el afiliado/a perderá el beneficio de la luna de miel, sin derecho a reclamo alguno.