El jueves 18 de diciembre, UTEDYC marchó hacia Plaza de Mayo junto a la
Confederación General del Trabajo (CGT), otros gremios y organizaciones
sociales, estudiantiles y de derechos humanos contra el proyecto de modernización laboral que quiere implementar el Poder Ejecutivo
en detrimento
de los derechos conquistados por el movimiento obrero organizado a lo largo
de su historia.
Como resultado de la multitudinaria presencia y férrea postura de las y los
trabajadores, el tratamiento del proyecto fue aplazado hasta febrero de 2026,
momento en el que se abordará nuevamente.
Una vez más, el movimiento obrero se hizo presente en las calles de todo el
país levantando las banderas de la justicia social.
▪ Habilita el “salario dinámico” para que el
empleador decida los
componentes
transitorios y variables que integrarán el salario. Actualmente el salario es una
condición esencial y no puede reducirse.
▪ Permite la utilización del “banco de horas” para
compensar
jornadas. Actualmente cuando una persona se la convoca a trabajar fuera de
su jornada, se le debe liquidar ese tiempo como horas extras.
▪Permite a la patronal modificar las condiciones
esenciales del
contrato de
trabajo y si la persona no está conforme, solo puede considerarse despedida.
En la legislación actual puede demandar la reinstalación de sus condiciones.
▪Elimina la ultraactividad en los convenios
colectivos de trabajo y
les confiere a
las partes un año para negociar un nuevo convenio. Luego de ese plazo se
pueden suspender los derechos laborales de los actuales convenios, en todos
sus ítems. No puede invocarse derechos adquiridos pues la reforma los
elimina.
▪Limita arbitrariamente el derecho de huelga al
declarar demasiadas
actividades como esenciales o de trascendental importancia con obligación de
mantener el 75% / 50% de dotación mínima respectivamente.
▪Permite al empleador convocar a las personas con jornadas a
tiempo
parcial para realizar horas extraordinarias. Actualmente cuando una persona trabaja
más de las 2/3 partes de la jornada, cobra sueldo de jornada completa y esta
previsión es para disuadir el subempleo.
▪Permite que el empleador reduzca la categoría, salario y
jornada de
una
persona con “incapacidad parcial”. Actualmente, una persona incapacitada
tiene derecho a que se le concedan tareas acordes y con su sueldo habitual.
▪Elimina el preaviso en el periodo de prueba, lo
cual implica una
inseguridad
para la persona que recién inicia que puede ser notificada intempestivamente
de su cese. Recordemos que este Gobierno amplió el periodo de prueba a 6
meses.
▪Permite fraccionar el periodo vacacional en lapsos
mayores a 7
dias.
Actualmente las vacaciones deben concederse completas e ininterrumpidas
para asegurar un descanso real.
▪Disminuye la base salarial para el cálculo de las
indemnizaciones, pues no
toma en cuenta el mejor sueldo devengado en el ultimo semestre.
▪Promueve la informalidad al excluir de la
legislación laboral los
contratos de
locación y de obra, y a quienes trabajan por plataformas. Actualmente todas
esas personas pueden considerarse bajo el amparo de la LCT si se dan las
características de subordinación.
▪Elimina la Justicia Social como fuente de interpretación de
las
normas laborales, y también elimina el principio en favor de la persona que trabaja
en
las pruebas en juicios.
▪Crea un Fondo de Asistencia con una contribución
del 3% que se
descuenta
de los aportes patronales al SIPA. Ese dinero va a una cuenta del empleador
quien decide si utiliza o no ese fondo. Con esta modificación se desfinancia aún
más el sistema de jubilaciones que actualmente está en crisis.
▪Promueve la formación de sindicatos de empresa y los
privilegia en
la negociación colectiva debilitando al sindicato de actividad o rama. El sistema
sindical argentino privilegia la negociación por actividad o rama para evitar que
las condiciones de trabajo sean estipuladas a nivel de empresa y a la baja, es
decir con reducción de derechos.
#CuidáTusDerechos