Las vacaciones pagas en Argentina, surgen en la década del treinta, con la sanción de la ley 11.723 a través de la cual se introdujeron algunas de las medidas protectoras más importantes para las trabajadoras y los trabajadores, pero solamente para el sector comercial.
El 23 de enero de 1945 Perón firmó el decreto N°1740/45 para garantizar vacaciones pagas de todos los sectores: la clase obrera obtuvo el derecho al descanso.
Las vacaciones anuales son un derecho que existe en todas las legislaciones laborales del mundo porque permiten restablecer el equilibrio psicofísico de las personas que trabajan y pueden ayudar a que el grupo familiar se fortalezca, profundizando el sentido de pertenencia entre sus miembros.
En 1949 se incorpora, mediante el artículo 14 bis, a la Constitución Nacional Argentina como una suerte de tabla de derechos básicos, entre otros, dando la plena garantía a todas las personas trabajadoras de descanso y vacaciones pagas.
En el orden internacional, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el convenio 52, define a las vacaciones anuales remuneradas del trabajador, como un número previamente determinado de jornadas consecutivas, fuera de los días festivos y los días de enfermedad y convalecencia, durante los cuales, cada año, llenando el trabajador ciertas condiciones de servicios, interrumpe su trabajo y continúa percibiendo su remuneración.
Hoy, 80 años después, es un verdadero derecho social que genera igualdad con un periodo remunerado de descanso anual y tiempo libre que le permita recuperarse del desgaste fisiológico y psicológico derivado del trabajo habitual y prolongado.
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