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Aguinaldo: origen y fechas de pago

El Aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC) fue impulsado por la Secretaría de Trabajo y Previsión que comandaba Juan Domingo Perón y el 20 de diciembre de 1945 Eduardo Farrell firmó el decreto 33.302 que fijaba el salario mínimo y se instituía el sueldo anual complementario o aguinaldo.

Si bien el SAC se devenga día a día, la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 122 establece que debe ser liquidado y abonado por el empleador en dos cuotas: La primera con vencimiento el 30 de junio y segunda, el 18 de diciembre.

Este plus salarial está dirigido a trabajadores registrados del sector público y privado, jubilados y pensionados.

¿Cuál es el monto a percibir? 
El importe que el empleador debe pagar en cada cuota será la mitad de la mejor remuneración mensual devengada dentro de esos periodos (Enero-Junio / Julio-Diciembre). Si la relación laboral comenzó después de haber iniciado el semestre o finalizó antes de la fecha de pago del aguinaldo, su valor se calculará proporcionalmente a los días trabajados durante el semestre de referencia.

Para finalizar, es importante destacar que, para su cálculo, deberán considerarse tanto los ítems remunerativos como los no remunerativos fijados en la paritaria, tales como: adicionales convencionales (antigüedad, presentismo, falla de caja y adicional básico sobre convenio), adicionales voluntarios otorgados por el empleador y horas extras, entre otros.

Para más información gremial y sobre los Convenios Colectivos de Trabajo de UTEDYC: www.utedyc.org.ar/dist/

¿Cuánto vas a cobrar de aguinaldo?

¿De cuánto fue tu sueldo neto más alto de los últimos 6 meses?

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