Durante la última semana del año, se aprobó, en Diputados, la nueva ley de movilidad jubilatoria.
Sus puntos más relevantes son los siguientes:
Los incrementos de los haberes previsionales se aplicarán en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre según el coeficiente de movilidad que se determinará y publicará cada tres meses.
La primera actualización sobre la base de esta nueva fórmula se hará efectiva a partir del 1° de marzo de este año.
Cambia la fórmula por un índice combinado con dos variables, que participan en un 50% cada una: por un lado, un índice salarial único -el RIPTE-, que refleja las variaciones de los salarios de los trabajadores registrados, y por el otro, la recaudación tributaria de ANSES. La fórmula no toma en cuenta la inflación ni guarda relación de paridad con los haberes de los trabajadores activos.
La nueva fórmula se aplica para actualizar los haberes jubilatorios, y las remuneraciones, para calcular el haber inicial de las nuevas jubilaciones.
La Secretaría de Actas y Previsión Social de UTEDYC brinda orientación legal a los afiliados, por éste y otros temas jubilatorios.
Pueden canalizar sus consultas vía mail a: secretaria.aps@utedyc.org.ar o a gomez.a@utedyc.org.ar, indicando nombre completo, DNI, número de afiliada/o y motivo de su consulta.
También pueden hacerlo telefónicamente a los teléfonos (011) 5353-3529, (011) 5258-0076 o vía WhatsApp, al +549115753-8080 en el horario de 10 a 18.