Durante la última semana del año, se aprobó, en Diputados, la nueva ley de movilidad jubilatoria.

Sus puntos más relevantes son los siguientes:

  • Los incrementos de los haberes previsionales se aplicarán en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre según el coeficiente de movilidad que se determinará y publicará cada tres meses.
  • La primera actualización sobre la base de esta nueva fórmula se hará efectiva a partir del 1° de marzo de este año.
  • Cambia la fórmula por un índice combinado con dos variables, que participan en un 50% cada una: por un lado, un índice salarial único -el RIPTE-, que refleja las variaciones de los salarios de los trabajadores registrados, y por el otro, la recaudación tributaria de ANSES. La fórmula no toma en cuenta la inflación ni guarda relación de paridad con los haberes de los trabajadores activos.
  • La nueva fórmula se aplica para actualizar los haberes jubilatorios, y las remuneraciones, para calcular el haber inicial de las nuevas jubilaciones.
  • La Secretaría de Actas y Previsión Social de UTEDYC brinda orientación legal a los afiliados, por éste y otros temas jubilatorios.

    Pueden canalizar sus consultas vía mail a: secretaria.aps@utedyc.org.ar o a gomez.a@utedyc.org.ar, indicando nombre completo, DNI, número de afiliada/o y motivo de su consulta.

    También pueden hacerlo telefónicamente a los teléfonos (011) 5353-3529, (011) 5258-0076 o vía WhatsApp, al +549115753-8080 en el horario de 10 a 18.